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SII confirma que se podrán comprar viviendas exentas de IVA durante 2016

08/06/2015

  • El SII publicó circular donde establece las directrices de la aplicación del IVA a las ventas de vivienda, establecido en la reforma tributaria.

Fuente: El Mercurio

SII confirma que se podrán comprar viviendas exentas de IVA durante 2016

El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó ayer una circular donde establece las directrices de la aplicación del IVA a las ventas de vivienda, establecido en la reforma tributaria. El documento precisa que se podrán comprar viviendas sin pagar IVA hasta fines de 2016 y no hasta el 31 de diciembre de este año como asumía el mercado. Esto, siempre que los proyectos cuenten con permisos de edificación obtenidos hasta el 1 de enero de 2016.

También se define el concepto de “venta” como “toda convención independiente de la designación que le den las partes, que sirva para transferir a título oneroso el dominio de bienes corporales muebles e inmuebles”. De esta manera, se precisa que se puedan incluir promesas y no solo escrituraciones bajo este concepto.

Claudio Bustos, abogado tributario de Bustos& Cía., explica que en la ley de reforma tributaria se entendía que podría considerarse habitual la venta que hagan aquellos contribuyentes con giro inmobiliario “efectivo”. “En la circular, eso se aclara. Por giro inmobiliario efectivo se entiende que haya una cierta frecuencia en la realización de las ventas por parte del contribuyente y que esté dedicado a realizar la actividad inmobiliaria”, explica Bustos. Dice que por esto no basta para calificarlo como habitual el hecho de que el estatuto de la compañía diga que se dedica a la venta de inmuebles o que en el inicio de actividades de la sociedad ante el servicio se haya declarado un giro de venta de inmuebles.

Marcelo Laport, socio de Grasty Quintana Majlis & amp; Cía., dice que “llama la atención” la norma sobre el derecho al crédito fiscal frente al impuesto a la renta, pues el contribuyente que eventualmente tenga un crédito fiscal tendrá que reconocerlo como ingreso y pagar impuesto a la renta por este concepto.